miércoles, 11 de abril de 2012

Argentina: proyecto de Ley en contra de la Minería a cielo abierto‏



Capital Federal - El Diputado Nacional Hugo Castañón acompañó con su firma el proyecto de Ley presentado por otro Diputado del Bloque Radical, Julio Cesar Martínez, de la provincia de La Rioja. El Proyecto prohíbe la actividad minera metalífera a cielo abierto o tajo abierto en todas sus etapas, y también prohíbe el uso de cianuro, cianuro de sodio, mercurio y demás sustancias tóxicas nombradas en el proyecto presentado que adjuntamos.

 
[Foto: Tajo en mina La Alumbrera, Argentina]

En nuestro país, las provincias Chubut, San Luis, Tucumán, Mendoza, La Pampa, Córdoba han prohibido la utilización de cianuro en los procesos de recuperación de metales. La Provincia de La Rioja, que había prohibido la utilización del cianuro en procesos mineros, el 26 de septiembre de 2008 derogó dicha prohibición, al igual que en Río Negro donde  la Legislatura sancionó, en el año 2005, la ley Nº 3.981, mediante la cual se prohibía el uso de mercurio y cianuro para la explotación de minerales metalíferos, una ley que colocaba a nuestra provincia entre las provincias más modernas en materia legislativa y en la vanguardia por la defensa y protección de sus recursos naturales, y dicha ley fue invalidada por el actual gobierno provincial.

Es importante destacar que la modalidad de minería metalífera es una enorme consumidora de energía eléctrica y de agua que queda irreversiblemente contaminada, compitiendo en el uso de dichos recursos con la agricultura y otras actividades productivas tradicionales de las zonas donde se asientan los emprendimientos. En un momento de crisis energética global, y donde el agua potable es un bien escaso para la vida y considerado como un derecho humano fundamental, el uso irracional de ambos recursos, de por sí, justifican la urgente necesidad de esta ley. Resulta evidente la ausencia de licencia social por parte de la población de las provincias argentinas afectadas y/o en riesgo de afectación hacia estos emprendimientos, y esto debe plasmarse jurídicamente en una ley de prohibición nacional para la actividad extractiva de referencia, ya que nadie puede tener un derecho adquirido de comprometer la salud pública y el medio ambiente.

Además, Contrariamente a lo afirmado públicamente por las empresas y sus "lobbistas", es técnicamente imposible asegurar que un dique de cola permanecerá en buen estado por decenas de años. Existe un riesgo cierto de que se fisure, quiebre o produzca filtraciones que pueden contaminar gravemente el agua superficial y subterránea de la zona en que se emplaza, trasladándose la contaminación a grandes distancias. En nuestro país es reconocido el caso comprobado de Bajo La Alumbrera, donde por errores de diseño se instaló inadecuadamente el dique de colas, y en la actualidad, más de una docena de equipos de retro bombeo intenta recuperar los tóxicos y metales pesados que se vierten a las napas del suelo catamarqueño y que escurren hasta las provincias de Santiago y Córdoba.

El ejercicio de control o policía ambiental es competencia directa de los municipios y/o comunas, los cuales, en la gran mayoría de los casos, no llevan a cabo el mismo, sea por abierta connivencia con la empresa, por indiferencia, o por franca incapacidad técnica o financiera. Es por ello que, donde hay contaminación, hay ausencia de Estado. Gobiernos nacionales, provinciales y municipales, en connivencia con las empresas transnacionales mineras que operan a gran escala, son responsables de las violaciones sistemáticas a los derechos humanos de sus ciudadanos.


A continuación copia fiel del Proyecto de Ley presentado


El Senado y Cámara de Diputados...

ARTÍCULO 1°.- Prohíbese la actividad minera metalífera en la modalidad denominada a cielo abierto o tajo abierto en todas sus etapas, constituidas por cateo, prospección, exploración, explotación, desarrollo, preparación, extracción y almacenamiento de sustancias minerales.
ARTÍCULO 2°.- Prohíbese el uso de cianuro, cianuro de sodio, mercurio, ácido sulfúrico, ácido clorhídrico, ácido fluorhídrico, ácido nítrico, ioduro de sodio, bromuro de sodio, xantatos, alquil xantatos, alquil ditiofosfatos, xantoformiatos, detergentes, espumantes químicos, y toda otra sustancia química contaminante, tóxica y/o peligrosa incluida en el Anexo I de la Ley Nacional N° 24.051, y/o que posea alguna/s de las características enunciadas en el Anexo II de la Ley Nacional 24.051 y normas concordantes, o las sustancias que en el futuro las reemplacen y que contengan las mismas características contaminante, en los procesos mineros de prospección, cateo, extracción, exploración, explotación, desarrollo, preparación, almacenamiento, e industrialización o procesos detallados en el inciso B del Artículo 249 del Código de Minería, de minerales metalíferos obtenidos a través de cualquier método extractivo.
ARTÍCULO 3°.- Prohíbese, para la actividad minera metalífera en la modalidad denominada a cielo abierto o tajo abierto en todas sus etapas, la utilización de ríos, arroyos y cualquier vertiente o depósito natural de agua, superficial o subterránea, manipulación o invasión de glaciares, de áreas periglaciares y cuerpos de hielo de cualquier tipo o formación.
ARTÍCULO 4º.- Los titulares de concesiones y/o derechos mineros que involucren minerales metalíferos o aquellas personas que los ejerciten, deberán adecuar sus procesos a las previsiones enunciadas en la presente ley en el término de seis (6) meses a partir de su publicación, bajo apercibimiento de cierre o caducidad de la concesión minera.
ARTÍCULO 5°.- Ante el cierre de una explotación minera o adecuación de sus procesos a las previsiones enunciadas en la presente ley, los titulares de la concesión y/o los derechos mineros o aquellas personas que los ejerciten estarán obligados a controlar trimestralmente y por un período de cinco (5) años los impactos perjudiciales para el ambiente, las poblaciones y sus habitantes, siendo directamente responsables de su saneamiento y reparación.
ARTÍCULO 6°.- Los propietarios, concesionarios, sus representantes y directivos responsables de las explotaciones mineras serán solidariamente responsables con las empresas mineras, y responderán con su patrimonio por los daños ocasionados y los costos de la remediación e indemnizaciones correspondientes, sin perjuicio de las acciones penales que pudieran corresponder.
ARTÍCULO 7°.- El incumplimiento de la presente ley y sus reglamentaciones será sancionado con una multa diaria equivalente a diez mil (10.000) sueldos mínimos de la Administración Pública Nacional.
ARTÍCULO 8°.- Sin perjuicio de las sanciones administrativas mencionadas en los artículos anteriores, será reprimido con reclusión o prisión de tres (03) a diez (10) años el que, utilizando los minerales y sustancias a que se refiere la presente ley, envenenare, adulterare o contaminare el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general. Si el hecho fuere seguido de la enfermedad y muerte de alguna persona, la pena será de diez (10) a veinticinco (25) años de reclusión o prisión.
ARTÍCULO 9°.- Cuando alguno de los hechos previstos en el artículo anterior fuere cometido por imprudencia o negligencia o por impericia en el propio arte o profesión o por inobservancia de los reglamentos u ordenanzas, se impondrá prisión de un (1) mes a dos (2) años. Si resultare enfermedad o muerte de alguna persona, la pena será la que se establece en el artículo anterior.
ARTÍCULO 10°.- Cuando alguno de los hechos previstos en los dos artículos anteriores se hubiesen producido por decisión de una persona jurídica, la pena se aplicará a los directores, gerentes, síndicos, miembros del consejo de vigilancia, administradores, mandatarios o representantes de la misma que hubiesen intervenido en el hecho punible, sin perjuicio de las demás responsabilidades penales que pudiesen existir para la empresa como persona jurídica y las indemnizaciones que fuere menester para reparar al daño.
ARTÍCULO 11°.- Cuando los hechos mencionados en los artículos anteriores sean denunciados y el funcionario público que la reciba no formule la debida denuncia penal ante la autoridad judicial que corresponda se le aplicará la misma pena como al autor de acuerdo a los artículos que le corresponda aplicar. Ello sin perjuicio de las actuaciones administrativas que correspondan contra las personas denunciadas.
ARTÍCULO 12°.- Es competente para conocer de las acciones penales que deriven de la presente ley la Justicia Federal.
ARTÍCULO 13°.- Deróganse todas las normas y disposiciones contenidas en el Código de Minería que sean contrarias a la presente ley.
ARTÍCULO 14°.- La autoridad de aplicación de la presente ley será la Secretaría de Ambiente de la Nación o el organismo que la reemplace en el futuro.
ARTÍCULO 15°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Señor presidente:

El artículo 41° incorporado en el año 1994 a nuestra Constitución Nacional, establece taxativamente que todos los habitantes gozamos "del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo." Y, en este sentido, también establece que las autoridades "proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales."
Por su parte, la Ley N° 25.675 (Ley General del Ambiente) establece principios de política ambiental que deben ser respetados, entre ellos:

- El principio preventivo, según el cual las causas y las fuentes de los problemas ambientales se atenderán en forma prioritaria e integrada, tratando de prevenir los efectos negativos que sobre el ambiente se pueden producir.
- El principio precautorio, que consigna que, cuando haya peligro de daño grave o irreversible la ausencia de información o certeza científica, no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces para impedir la degradación del medio ambiente.
- El principio de sustentabilidad, que establece que el desarrollo económico y social y el aprovechamiento de los recursos naturales deberán realizarse a través de una gestión apropiada del ambiente, de manera tal que no comprometa las posibilidades de las generaciones presentes y futuras.
- El principio de cooperación, que plantea que los recursos naturales y los sistemas ecológicos compartidos serán utilizados en forma equitativa y racional, y que el tratamiento y mitigación de las emergencias ambientales de efectos transfronterizos serán desarrollados en forma conjunta.
- El principio de congruencia, establece que la legislación provincial o municipal referida a lo ambiental deberá ser adecuada a los principios y normas fijadas en la legislación nacional; y en caso de que así no fuere, esta prevalecerá sobre toda otra norma que se le oponga.
- Principio de equidad intergeneracional, el cual indica que los responsables de la protección ambiental deberán velar por el uso y goce apropiado del ambiente por parte de las generaciones presentes y futuras.

Resulta, por tanto, absolutamente claro que la denominada minería a gran escala o megaminería con modalidad a cielo abierto, una de las formas más devastadoras y agresivas para el ambiente y que conlleva además grandes impactos sociales y culturales, es totalmente incompatible con lo estipulado por nuestra Constitución Nacional y los principios rectores de la Ley N° 25.675 (Ley General del Ambiente).

Esta modalidad de minería metalífera a gran escala, a cielo abierto y con uso de tóxicos es una enorme consumidora de energía eléctrica y de agua que queda irreversiblemente contaminada, compitiendo en el uso de dichos recursos con la agricultura y otras actividades productivas tradicionales de las zonas donde se asientan los emprendimientos.

En un momento de crisis energética global, y donde el agua potable es un bien escaso para la vida, estratégico, codiciado a nivel geopolítico, y considerado como un derecho humano fundamental, el uso irracional de ambos recursos, de por sí, justifican la urgente necesidad de esta ley.

En los últimos meses, asistimos al resurgimiento y la profundización de la oposición de las poblaciones de la zona de influencia de los emprendimientos mineros en explotación actual o futura.
Dicha oposición se sustenta en el acabado conocimiento de las mismas respecto de los efectos de este tipo de actividad predatoria y el stress generado a partir de la pérdida de la paz social. Esto resulta claro y evidente en poblaciones como Esquel, Andalgalá, Jáchal, Tinogasta, Abra Pampa, Chilecito, Famatina y distintas regiones o reservas de pueblos originarios.

En la zona de influencia directa de los emprendimientos mineros se genera un contexto de contaminación psíquica y social, el cual se impone a partir de la connivencia del poder político, judicial y mediático con las corporaciones mineras. Las estrategias de empobrecimiento social, cultural, ambiental, ecológico y económico que intentan legitimar estratégicamente el discurso falaz de que la única forma de supervivencia regional es la actividad minera. El emergente más claro de esta problemática y este accionar es una fragmentación social que en algunos casos se torna en fractura.

Resulta evidente la ausencia de licencia social por parte de la población de las provincias argentinas afectadas y/o en riesgo de afectación hacia estos emprendimientos. Esta ausencia de licencia social debe plasmarse jurídicamente en una ley de prohibición nacional para la actividad extractiva de referencia, ya que nadie puede tener un derecho adquirido de comprometer la salud pública y el medio ambiente.

La minería metalífera a cielo abierto remueve cientos de miles de toneladas de tierra y roca por día a partir de la utilización de toneladas de explosivos y el uso de maquinaria de gran porte, roca que es luego pulverizada para facilitar la extracción de los minerales.

Esta tarea remueve el manto fértil del suelo generando, y en muchos casos agravando, los procesos de desertificación, alterando el normal escurrimiento de las aguas, muchas veces destruyendo cuerpos de hielo, suelos congelados, permafrost, y degradando y alterando ríos, arroyos, vegas y humedales generalmente ubicados en las cumbres de montañas y sierras donde se hallan los minerales buscados.

Por otra parte, ya en la etapa de exploración y prospección, la minería a cielo abierto realiza cuantiosas perforaciones buscando fuentes de agua que alimenten la posterior explotación y para ello usan aditivos y elementos tóxicos que contaminan los suelos y subsuelos.

Estos emprendimientos también generan miles de toneladas por día de roca residual o estéril que, ya triturada y/o molida, contiene concentraciones de sulfatos, metales tóxicos y no-metales. Esa roca es desechada en pilas sobre la superficie del suelo al borde de los tajos, ocasionando que muchos de esos contaminantes se filtren a las aguas superficiales y subterráneas o sean arrastrados por el viento. Es así como la contaminación se traslada a decenas de kilómetros de su fuente, tornando inclusive imposible de prever técnicamente la extensión de los daños ambientales a ocasionarse.

Pero además, los procesos de lixiviación y flotación con sustancias tóxicas emplean millones de litros de agua que se contaminan por el aporte de las sustancias tóxicas que utilizan (cianuro, mercurio, ácido sulfúrico, entre otras). Estos gigantescos volúmenes de agua, recurso de altísimo valor para la vida, nunca más será apta para el consumo humano ni del ganado, ni para el riego de cultivos. Un emprendimiento minero a cielo abierto a gran escala emplea como mínimo 1.000 litros de agua por segundo, un equivalente a 86.400.000 litros de agua por día durante los 365 días del año.

El agua es un recurso natural vital y escaso: en el planeta, sólo un 3% del agua es dulce, y sólo un 1% se encuentra en ríos, lagos y mantos subterráneos en forma de agua; el 2% restante se encuentra en forma de hielo.

Siendo que gran parte del agua dulce del planeta se encuentra ya contaminada por distintas causas, resulta de vital importancia tomar como precedente a esta ley a la Ley 26.639 de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial cuyo objeto central es preservar los mencionados ambientes como reservas estratégicas de recursos hídricos para consumo humano, la agricultura y la ganadería, como proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas, para la protección de la biodiversidad, como fuente de información científica y como atractivo turístico.

Según el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (GEO Anuario 2007, Pág. 80), para el año 2025, la demanda de agua potable será el 56% más que el suministro. De allí que el uso racional del recurso agua es indispensable para el futuro desarrollo del país y la efectiva tutela de los derechos humanos de sus habitantes.

Los enormes volúmenes de agua empleados por estas explotaciones, y contaminados con metales pesados y las sustancias mencionadas en el Artículo 2º del presente, son dejados en el lugar como "residuo" acumulado en diques de cola.

Contrariamente a lo afirmado públicamente por las empresas y sus "lobbistas", es técnicamente imposible asegurar que un dique de cola permanecerá en buen estado por decenas de años. Existe un riesgo cierto de que se fisure, quiebre o produzca filtraciones que pueden contaminar gravemente el agua superficial y subterránea de la zona en que se emplaza, trasladándose la contaminación a grandes distancias. Hay numerosos ejemplos en el mundo, y en nuestro país es reconocido el caso comprobado de Bajo La Alumbrera, donde por errores de diseño se instaló inadecuadamente el dique de colas, y en la actualidad, más de una docena de equipos de retro bombeo intenta recuperar los tóxicos y metales pesados que se vierten a las napas del suelo catamarqueño y que escurren hasta las provincias de Santiago y Córdoba.

La intencionalidad de ocultar, en la gran mayoría de los casos, los efectos de contaminación por fracturas de los diques de colas y los terrenos de las escombreras, queda expuesta en los Informes de Impacto Ambiental presentados por las mineras, donde prevén que "no ocurrirán sismos en la región" u omiten mencionar la presencia de glaciares, como el caso del Informe de Impacto Ambiental de Barrick Gold para su proyecto Pascua Lama, donde omitió deliberadamente mencionar Toro 1, Toro 2 y Esperanza, los cuales se hayan actualmente gravemente disminuidos y contaminados. No cabe duda que al ser estos informes financiados y solicitados por las propias mineras, son funcionales a los intereses de las mismas.

Existen múltiples denuncias por parte de los vecinos agrupados en diferentes organizaciones y asambleas que solicitan ser protegidos y amparados social y políticamente. Muchos de estos reclamos van dirigidos directamente a Minera La Alumbrera, en el caso de Catamarca, y a Veladero, en el caso de San Juan.

El fiscal Federal Antonio Gustavo Gómez procesó al vicepresidente de minera La Alumbrera, Julián Rooney, por graves casos de contaminación que se probaron por publicaciones en la página web oficial de la empresa. Los índices de contaminación publicados por la empresa en su página web superaban holgadamente los topes máximos estipulados por la Ley de Residuos Peligrosos 24.051.

El ejercicio de control o policía ambiental es competencia directa de los municipios y/o comunas, los cuales, en la gran mayoría de los casos, no llevan a cabo el mismo, sea por abierta connivencia con la empresa, por indiferencia, o por franca incapacidad técnica o financiera. Es por ello que, donde hay contaminación, hay ausencia de Estado.

Pero además, existen una serie de beneficios impositivos (1) que hacen de la actividad un negocio con una rentabilidad inconmensurable que le permite invertir importantes suma en la obtención de la "licencia social" necesaria para operar.

En este sentido, existen múltiples estrategias comunicacionales por parte de las transnacionales mineras para instalar el concepto de "Responsabilidad y Sustentabilidad".

Entre ellas, cabe mencionar el burdo asistencialismo enmascarado como Responsabilidad Social Empresaria, que se aprovecha de la ausencia del estado connivente en instituciones educativas, deportivas y de salud para intentar cooptar las voluntades de los vecinos mediante donaciones, con sus correspondientes y permanentes publicidades en estos ámbitos y en la vía pública, de ambulancias, tomógrafos, equipos deportivos o computadoras para las escuelas que resultan obligación del estado proveer.

Estas estrategias operan a repetición en los diferentes lugares del mundo donde hay minería metalífera a cielo abierto. Gobiernos nacionales, provinciales y municipales, en connivencia con las empresas transnacionales mineras que operan a gran escala, son responsables de las violaciones sistemáticas a los derechos humanos de sus ciudadanos.

Sin embargo, las poblaciones afectadas por estos proyectos siguen resistiéndose a entregar la "licencia social" para su instalación. Por caso, el pueblo de Andalgalá, Catamarca sostiene su indeclinable postura de no permitir el asentamiento de minera Agua Rica. Luego de padecer 13 años la explotación de minera La Alumbrera, a 60 Km. de la ciudad, que generó menos de 100 puestos de trabajo insalubre para andalgalenses, que provocó un sensible incremento en los casos de cáncer y la experiencia ya vivida de promesas de falso progreso, contaminación y destrucción de territorios, fuentes de agua y patrones de vida, decide valientemente ejercer su derecho de impedir la instalación de minera Agua Rica, proyecto tres veces más grande que La Alumbrera, y que de efectivizarse condenaría a la cuidad de Andalgalá a su desaparición.

Otro caso que ha tomado estado público a nivel nacional es el de Famatina, Provincia de La Rioja, donde las comunidades de dicha localidad y Chilecito, tal como años atrás lo hicieran con la misma Barrick Gold, resisten el intento de instalación de Osisko Mining Corporation, en abierta connivencia con el gobernador Luis Beder Herrera y el gobierno nacional.

El cese de las actividades de minería a gran escala permitiría orientar los grandes volúmenes de energía consumidos por estos emprendimientos hacia actividades industriales y al consumo hogareño. Un ejemplo: se calcula que La Alumbrera consume un volumen equivalente al 75% aproximadamente de lo que produce la represa del Chocón.

Por ello, existe una clara tendencia legislativa a nivel mundial que marcha hacia la prohibición del uso del cianuro en operaciones mineras. Entre los casos que lo han hecho pueden mencionarse:

1. Montana (Estados Unidos): en 1998, una iniciativa de los ciudadanos prohibió el uso de cianuro en minas de oro y plata a cielo abierto;
2. Colorado (Estados Unidos): cinco condados han prohibido el uso del cianuro en operaciones mineras;
3. Turkía: en 1997, el Consejo de Estado de Turquía decidió no permitir la producción de oro a través del proceso de lixiviación de cianuro (Decisión 1997/2311);
4. República Checa: desde el año 2000 al 2002, el Senado checo y su parlamento dictaron regulaciones que prohibieron la producción de oro mediante el proceso de lixiviación de cianuro (Ley Minera de 1991, artículo 30);
5. Alemania: en 2002, se dictó un decreto prohibiendo la minería que utiliza cianuro;
6. Costa Rica: en 2002 dictó una moratoria con relación a minas a cielo abierto que utilizan cianuro.
En nuestro país, las siguientes provincias han prohibido la utilización de cianuro en los procesos de recuperación de metales:
(a) Chubut (Ley 5.001 del 08/05/2003);
(b) Río Negro (Ley 3.981 del 21/07/2005);
(c) Tucumán (Ley 7.879 del 20/04/2007);
(d) Mendoza (Ley 7.722 del 20/06/2007);
(e) La Pampa (Ley 2.349 del 16/08/2007);
(f) Córdoba (Ley 9526 del 24/09/2008);
(g) San Luis (Ley 634 del 1/10/2008).

La Provincia de La Rioja, que había prohibido la utilización del cianuro en procesos mineros (Ley 8.137 del 08/03/2007), el 26 de septiembre de 2008 derogó dicha prohibición (Conf. Artículo 7, Ley 8.355).

Queda claro entonces que necesitamos cumplir con el mandato constitucional de preservar el derecho de los habitantes del territorio argentino a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y en el cual las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras. Y para ello tenemos que romper con la connivencia de los grandes capitales mineros transnacionales y sus socios locales enquistados en el gobierno nacional y los gobiernos provinciales, tal como lo hicimos tiempo atrás al aprobar la Ley 26.639 de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial. Hoy como ayer, ese es el desafío.

Por todo lo expuesto, solicitamos a nuestros pares la aprobación del presente proyecto de ley.



martes, 10 de abril de 2012

Un fraude llamado “locomotora minera”

Por Freddy Cante*


El Estado se está convirtiendo en cómplice de los nuevos conquistadores ante un país que ve crecer rápidamente sus exportaciones, pero no percibe avances en la distribución de esos enormes ingresos: las regalías sólo han sido un factor de distracción.


Nada más que el combustible


Freddy_Cante_descubrimiento
Foto: EAFIT.


“Los españoles descubrieron América hace 500 años y los canadienses descubrieron Colombia hace 10.  
De lo que estamos muy contentos”.
Juan Carlos Echeverry, Ministro de Hacienda

 “Con criterios objetivos se asignarán títulos mineros a quienes realmente tengan la idoneidad y la capacidad técnica y económica para explotar los recursos, bajo estándares de responsabilidad social y ambiental”.
Mauricio Cárdenas, Ministro de Minas y Energía

“Hacer minería con responsabilidad ambiental es posible y no se debe caer en el falso dilema de minería o medio ambiente…”
Claudia Jiménez, Directora Ejecutiva, Minería a Gran Escala




Gracias a los buenos oficios de funcionarios como los citados, estamos pasando rápidamente de la extracción gota a gota — la minería artesanal, ínfimamente productiva— a la avalancha de minerales hacia los mercados internacionales: la extracción en el menor tiempo posible de nuestro potencial energético agotable.


La metáfora de la locomotora aplica al sector transformador o secundario y se asocia con la revolución industrial. Las locomotoras se mueven por conversión de energía térmica en movimiento mecánico. Esto no sería posible sin el combustible que se deriva de recursos naturales como la madera, el agua o los minerales.


Como cinco siglos atrás, gran parte de nuestra economía está hoy anclada en actividades extractivas. La misma lógica aplica a otras fuentes energéticas, como el uso del agua para producir electricidad y el uso de vegetales para alimentar motores.


El país se está convirtiendo en una enorme despensa o cantera para proveer minerales que —transformados por otros más vivos en combustibles— serán usados para mover las verdaderas locomotoras del mundo industrializado.


Recursos que se agotan


El proceso económico no es circular: más bien implica el desgaste creciente de los recursos naturales. Estamos abocados a una transformación continuada e irrevocable de baja en alta entropía. Para Roegen [Roegen, N. G. 1996. La ley de la entropía y el proceso económico. Madrid: Fundación Argentaria], por ejemplo, existen límites al desarrollo económico que deben guiar las decisiones sobre la intensidad de la explotación de recursos minerales agotables. Antes de tomar tales decisiones se necesita discutir seriamente acerca de problemas como los siguientes:



  • Aunque “… la energía no se crea ni se destruye, sólo se transforma... En el universo hay una degradación cualitativa continua e irrevocable de energía libre en energía independiente (o desordenada y caótica). Esta degradación abarca todo lo existente, incluso aquello que no ha sido alterado por el trabajo humano”.
  • Existe un límite cierto e inexorable de las reservas de recursos de baja entropía. La energía libre no puede utilizarse más de una vez. Entonces, la dotación de energía de la humanidad se extinguirá inexorablemente – y aun suponiendo una población constante (sin la abrumadora explosión demográfica) y un flujo constante per cápita de recursos mineros extraídos.
  • El progreso tecnológico —la continua revolución industrial— ha significado un largo proceso de intensificación en el uso de la energía del Planeta: desde la fuente de baja entropía más abundante —la radiación solar que hace posible la agricultura — a la menos abundante —recursos minerales que más tarde se queman en la industria—.
  • Sin los flujos de la agricultura y la minería no habría producción industrial (y viceversa). No obstante el ritmo al que llegan los recursos agrícolas y minerales a la industria limita la producción humana.
  • La industrialización y la minería causan perjuicios ambientales inevitables:


  1. la contaminación: el proceso económico transforma la baja entropía en desechos, muchos de ellos nocivos, y causa el sobrecalentamiento global mediante la combustión de maderas y de petróleo;
  2. el despliegue de energías destructivas como la energía nuclear, ya sea para fines bélicos o para generar energía supuestamente limpia;
  3. la extracción de recursos minerales y los usos del agua para hidroeléctricas alteran la naturaleza, como la extirpación de un órgano afecta el desempeño de un organismo vivo.

Un fraude doble


Los fundadores de la teoría económica —Smith, Ricardo, Malthus y Marx— establecieron la existencia de tres fuentes de ingresos, correspondientes a tres clases sociales distintas: el trabajo, el capital y la renta. La economía y las empresas requieren trabajadores, maquinarias y recursos naturales.


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El país se está convirtiendo en una enorme despensa o cantera 
para proveer minerales que serán usados para mover las verdaderas 
locomotoras del mundo industrializado. Foto: Ministerio de Minas.




El trabajo —ya sea simple o complejo, burdo o calificado— permite transformar el mundo: trasladar los materiales de unos espacios a otros o alterar su forma y composición para producir artículos terminados. También las transformaciones sociales, la política y la organización humana exigen trabajo. El trabajo intelectual, núcleo de una economía terciaria o del conocimiento, se traduce en servicios y en creaciones, en respuestas a interrogantes y solución de problemas que nos ayudan en la transformación del mundo.


El capital equivale a trabajo acumulado en un lapso de tiempo: i. si es capital físico consiste en un acervo de instrumentos (máquinas y herramientas) que surgieron de un trabajo pretérito;


ii. si es capital humano consiste en un conjunto de saber-hacer tecnológico, de habilidades y de conocimientos, y de imaginación que se pueden entender como un trabajo complejo.


El pago por recursos naturales -la “renta de la tierra”- por el contrario, no es producto del trabajo y por eso equivale a un doble robo social:


i. es un subproducto derivado de la propiedad del suelo, originalmente producido por la naturaleza, y pagado al terrateniente por permitir el acceso y el uso de los poderes o servicios o energías productivos del suelo;


ii. esta renta aumenta de manera sostenida, debido a la escasez de tierras de “alta calidad” para usos productivos (calidad que depende sobre todo de la localización y la fertilidad o potencial productivo). Así pues, los rentistas no trabajan; son parásitos que prosperan a medida que aumenta la población y crece la demanda por productos que utilizan recursos naturales.


Prosperidad no democrática


Freddy_Cante_locomotora
El progreso tecnológico  ha significado un largo proceso 
de intensificación en el uso de la energía del Planeta. 
Foto: Foro de Fotos.

En el contexto colombiano y en el caso de la renta de las minas, el Estado opera como un terrateniente sui generis. Por una parte y en teoría protege o administra la riqueza del subsuelo —que es propiedad de todos—. Por otra parte y en realidad la minería es una fábrica de rentas para explotadores —foráneos en su mayoría— con el respaldo del Estado, a cambio de un humillante goteo de regalías, que ni siquiera se atreve a cobrar en su totalidad (y así lo muestra, por ejemplo, Guillermo Rudas en Razón Pública):



  • El título para explotar una mina se recibe de manera gratuita o tiene muy bajo costo, pero su dueño disfruta de una renta jugosa, que aumenta cuando suben los precios del mineral o a medida que éste se va volviendo más escaso.
    • Los ingresos astronómicos (rentas exclusivas) de una firma que tiene derechos para explotar una mina, se derivan del “saber hacer”, de la tecnología que le permite explorar y extraer los recursos minerales. Las grandes compañías mineras manejan recursos “posicionales” (es decir, generadores de rentas) en términos de secretos industriales, de tecnología sofisticada y de capital humano.
    • El dueño de aquel título puede usar y abusar de su derecho. Como hoy por hoy la minería genera más valor agregado que las demás “improductivas” faenas económicas, el minero puede vulnerar los derechos de otra gente y causar daños sobre bienes públicos como la preservación ambiental, la apacibilidad, el desarrollo agrícola, la preservación cultural y el simple deleite con el paisaje natural.
    • No hay que olvidar que la queja y la protesta son derechos costosos, al igual que la acción colectiva de las víctimas.
    • Existe tal asimetría de información que la compañía poseedora de una concesión sabe qué recursos contiene la mina y a qué ritmo los extrae… cosa que ignoran el Estado y el ciudadano de la calle.
    • El recurso mineral está sujeto a rendimientos decrecientes y a un agotamiento inevitable. Los minerales no son expandibles ni reproducibles, mientras el suelo urbano se puede multiplicar debido a la densificación, la tierra agrícola se puede transformar para hacerla más fértil debido a los abonos, y la mano de obra se puede reproducir gracias a los salarios.
    • Los recursos minerales líquidos, sólidos o gaseosos emanan de la tierra a manera de una donación. Quien los posee, los toma y los vende al mejor postor y se queda con la parte sustancial de la renta.
    • Los pocos ingresos derivados del trabajo que implica la actividad extractiva se reparten entre unas pocas decenas de trabajadores muy calificados y bien remunerados (técnicos nacionales o extranjeros) y varios miles de obreros rasos (que extraen, limpian, empacan y transportan dichos materiales) a cambio de bajos salarios y poca seguridad.




* Doctor en Ciencias Económicas de la Universidad Nacional, profesor asociado de la Facultad de Ciencia Política de la Universidad del Rosario, investigador del Centro de Estudios Políticos e Internacionales de la misma universidad.

martes, 20 de marzo de 2012

CONVOCATORIA A LA MOVILIZACION SOCIAL PACÍFICA

A TODA LA SOCIEDAD CIVIL ORGANIZADA; INSTITUCIONES ACADÉMICAS, COLECTIVOS, ESTUDIANTES, GRUPOS DE BASE, FAROS, CASAS DE CULTURA, ORGANIZACIONES, REDES, ASOCIACIONES, FRENTES, CONSEJOS, ASAMBLEAS, ALIANZAS, BANDAS DE MÚSICOS TRADICIONALES, AMAS DE CASA, CIUDADANOS Y DEFENSORES Y DEFENSORAS DE DERECHOS HUMANOS Y DEL MEDIO AMBIENTE.


PRESENTES.-

Desde la llegada en 2008 de la empresa Minera Cuzcatlán, filial de Fortuna Silver Mines parte del grupo de empresas mineras canadienses llamado The Gold Group a la comunidad zapoteca de San José del Progreso, Ocotlán, en los valles centrales de Oaxaca, la violencia llegó, en forma de la imposición de un proyecto minero que atenta contra la vida de los habitantes y violenta sus derechos.

En este marco de violencia generado por la empresa minera, el pasado día 15 de marzo del 2012 por la noche, en el crucero de Santa María Ocotlán, Oaxaca, fue asesinado con armas de fuego el compañero Bernardo Vázquez Sánchez y se hirió a Rosalinda Dionisio Sánchez y Andrés Vásquez Sánchez todos miembros de la Coordinadora de los Pueblos Unidos del Valle de Ocotlán (CPUVO).

[Foto: Enrique Carrasco. Bernardo Vazquez {qepd} en entrevista.]

La sociedad oaxaqueña, nacional e internacional ha manifestado su repudio ante estos terribles hechos y nos sumamos a la exigencia de justicia por los crímenes cometidos por los grupos armados al servicio de la empresa minera y el gobierno municipal de San José del Progreso en contra de los compañeros activistas.

Por lo anterior, CONVOCAMOS a las siguientes Acciones Urgentes para el miércoles 21 de marzo del presente año en la Ciudad de México:

1.- A las 11 am, Rueda de prensa, en el Centro PRODH, ubicado en Serapio Rendón 57B, colonia San Rafael, Delegación Cuauhtémoc, Tel: (55) 5546 8217, (55) 5566 7854, (55) 5535 6892 / Fax: ext. 108.

2.- A las 2:30 pm, Toma simbólica de la Embajada de Canadá, ubicada en Schiller 529, Col. Bosque de Chapultepec (Polanco), Delegación Miguel Hidalgo, Ciudad de México, D.F., también se realizará la Toma simbólica del Consulado de Canadá en el estado de Oaxaca a las 2 pm, ubicado en la calle Lic. Manuel Ruíz (casi enfrente de la Funeraria Núñez Banuet), en la Colonia Reforma, Oaxaca, Oaxaca.

Invitamos a unirnos todos en este esfuerzo pacificador, para que vayan vestidos de ropa blanca, como símbolo de exigencia de respeto a la vida de nuestros compañeros en territorios de pueblos y comunidades, vulneradas en su autonomía.

3.- Solicitamos a la oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU en México, el Relator de Pueblo Indígenas de la ONU, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Oaxaca, que a través sus diversos medios se solicite, sin dilación a las autoridades correspondientes del gobierno mexicano, se haga justicia y se esclarezca la cadena de agresiones y asesinatos de nuestros compañeros y compañeras en las zonas donde operan los megaproyectos que no respetan lo estipulado en el convenio 169 de la OIT, en materia de consulta previa e informada.

4.- Convocamos a nuestros hermanos y hermanas periodistas nacionales quienes a diario enfrentan una situación de alta vulnerabilidad por informar los acontecimientos reales que se suscitan en nuestros pueblos y comunidades indígenas; a que sigan haciendo eco oportuno de las acciones comunitarias que se están realizando para evitar más violencia y llegar a soluciones pacíficas y dialogadas.

5.- Finalmente hacemos un llamado a los pueblos y comunidades hermanas que padecen esta situación para que desde sus lugares de origen, se sumen a esta convocatoria mediante una participación activa, artística, propositiva y solidaria, para exigir un alto a estos acontecimientos y solicitar a las autoridades correspondientes, el cumplimento de los Acuerdos de San Andrés sobre Derechos y Cultura Indígena firmados en San Andrés Larrainzar en el estado de Chiapas, cumpliendo de igual manera con lo establecido en la Constitución Nacional, los convenios internacionales suscritos que protegen la libre determinación de los pueblos y las declaratorias de Derechos Humanos.

¡SI A LA VIDA, SI A LA BIODIVERSIDAD!
¡NO A LA VIOLENCIA, NO AL ECOCIDIO DE LA MADRE TIERRA!

¡FUERA FORTUNA SILVER – MINERA CUZCATLÁN DE SAN JOSÉ DEL PROGRESO¡


A T E N T A M E N T E

Coordinadora de Pueblos Unidos del Valle de Ocotlán (CPUVO); Colectivo Oaxaqueño en Defensa de los Territorios; Centro de Derechos Humanos Bartolomé Carrasco Briseño (BARCA) A.C.; Centro de derechos humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Prodh) A.C.; Centro de Derechos Indígenas Flor y Canto A.C.; Servicios del pueblo Mixe (Ser Mixe) A.C.; Servicios para una Educación Alternativa (EDUCA) A.C.; Unión de Organizaciones de la Sierra Juárez de Oaxaca (UNOSJO) S.C.; Asamblea Nacional de Afectados Ambientales (ANAA); Movimiento Mexicano de Afectados por las Presas y en Defensa de los Ríos (MAPDER); Red Mexicana de Afectados por la Minería (REMA); Movimiento Mesoamericano contra el Modelo extractivo Minero (M4); Agrupación Un Salto de Vida A.C., Jalisco; Alianza Mexicana por la Autodeterminación de los Pueblos; Amigos de la Tierra América Latina y el Caribe (ATALC); Asamblea Estudiantil Xalapa; Asamblea Regional de Afectados Ambientales Jalisco; Ayala/Movimiento Nacional (MOCRI-CNPA/MN); Campo A.C.; Centro "Fray Julián Garcés" Derechos Humanos y Desarrollo Local A.C.; Centro Cultural "Hermanos Revueltas"; Centro de Derechos Humanos Fr. Fray Francisco de Vitoria O.P. A.C Alianza Cívica Pinotepa Nacional, A.C.; Centro de estudios de la Región Cuicateca; Centro Nacional de Ayuda a las Misiones Indígenas A.C.; Centro Regional para la Educación y la Organización A.C.; Círculo de estudios del Sótano de la Condesa; Colectivo Autonomía en los Barrios-Magdalena Contreras D.F; Colectivo C.A.S.A.; Colectivo Ciudadano Conciencia Libertaria; Colectivo de Estudios Críticos en Derecho; Colectivo de Prácticas Narrativas; Colectivo Hoja Verde D.F. ; Comisionado de Bienes Comunales de Capulalpam de Méndez; Comité 1968 por las Libertades Democráticas; Comité Cerezo México; Comité Salvemos Temacapulín, Acasico y Palmarejo; Comunidades Campesinas y Urbanas Solidarias; Consejo de Ejidos y Comunidades Opositoras a la Presa La Parota; Consultoría Técnica Comunitaria A.C.; Convergencia de Movimientos de los Pueblos de las Américas (COMPA); Coordinadora de Trabajadores en Defensa del Carácter Publico del Agua; Coordinadora Mexiquense Plan de Ayala; Edo. Mex.; Colectivo "Enamor-arte", Juchitán; El Pregón-MLN; OCEZ-CNPA.MLN; El Tribuno Popular de la Facultad de Derecho-UNAM; Frente Amplio Opositor a Minera San Xavier (FAO); Gestión Justicia y Medio Ambiente S.C.; Iniciativas para el Desarrollo de la Mujer Oaxaqueña (IDEMO); Iniciativas para el Desarrollo de la Mujer Oaxaqueña A.C.; La Asamblea Veracruzana de Iniciativa y Defensa Ambiental (LAVIDA); La Ventana A.C.; La Vía Campesina  Internacional; La Vía Campesina Norte de América; Medio Ambiente y Sociedad A.C. (MAS); Movimiento Campesino Regional; Independiente/Coordinadora Nacional Plan de Ayala; Nación Teenek-MLN, SLP; Nación Xi-Uy-MLN, SLP; Organización de Agricultores Biológicos A.C.; Otros Mundos AC/Chiapas; Parroquia de la Soledad Montoya; Pobladores A.C.; Pro San Luis Ecológico; Movimiento de Liberación Nacional; RADAR; Red Solidaria Década Contra la Impunidad A.C.; Sección XVIII SNTE-CNTE Michoacán; Secretaría de Derechos Humanos y Derecho Penal de la Asociación Nacional de Abogados Democrático; Servicios Universitarios y Redes de Conocimiento en Oaxaca; Sindicato de la Unión de Trabajadores del Instituto de Educación Media Superior del Distrito Federal; SURCO A.C.; Telar de Raíces A.C.; UNORCA; UPREZ; Asociacion Ceiba (Guatemala); Asociación Cultural el Raval- el Lokal de Barcelona (España); Colectivo Contra impunidad (Uruguay); Comité ambientalista Valle de Siria (Honuras); Comité de Solidaridad y Derechos Humanos Monseñor Romero (El Salvador); Cooperación Comunitaria Alemania-México; Foro Ciudadano de Participación por la Justicia y los Derechos Humanos (Argentina); Instituto Polaris (Canadá); México vía Berlín (Alemania); Movimiento de víctimas de los crímenes del estado colombiano en el Exilio (Colombia). 

viernes, 16 de marzo de 2012

Pronunciamiento REMA sobre el corbarde asesinato de Bernardo Vazquez

Emacs! 

LA RED MEXICANA DE AFECTADOS POR LA MINERÍA (REMA) EXIGE JUSTICIA ANTE EL ASESINATO DEL COMPAÑERO BERNARDO VAZQUEZ SANCHEZ EN OAXACA.

BASTA DE CONDUCTAS CRIMINALES Y COMPLICIDADES ENTRE MINERA CANADIENSE  Y FUNCIONARIOS LOCALES Y ESTATALES

El día 15 de marzo fue asesinado, por presuntos sicarios de la empresa minera canadiense Fortuna Silver Mines - Minera Cuzcatlan, el compañero Bernardo Vásquez Sánchez (dirigente de la Coordinadora de Pueblos Unidos del Valle de Ocotlán (CPUVO- Oaxaca), y heridos Rosalinda Canseco y Andrés Vásquez Sánchez.

Regresaban a su ciudad de San José del Progreso, Ocotlán, Oaxaca, después de un dialogo para obtener respuesta a la problemática creada por la empresa minera con funcionarios del gobierno del Estado de Oaxaca, cuando fueron atacados por sicarios en el crucero de Santa Lucía, Ocotlán y Bernardo Vázquez S. fue asesinado con armas de fuego.

La Red Mexicana de Afectados por la Minería (REMA) exige al gobierno del Estado de OAxaca y al gobierno federal de México justicia ante este artero asesinato de un activista comunitario más; cuya voz, en este caso, fue representar la justa demanda de poner alto a las violaciones al derecho cometidas por la empresa minera canadiense Fortuna Silver Mines - Minera Cuzcatlan, lo mismo que a la corrupción aceptada por el Presidente Municipal de San José del Progreso (Alberto Mauro Sánchez) y la presunta connivencia de funcionarios estatales.

Solicitamos que la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), lo mismo que Legisladores Federales del Congreso, tome cartas en asunto y promuevan la  investigación del asesinato y del intento de asesinato, cometido contra estos ciudadanos oaxaqueños, pues los crímenes previos de Bernardo Méndez Vásquez y de Bety Cariño, vinculados con el nefasto binomio de las empresas mineras y la corrupción gubernamental estatal han quedado impunes.

Volvemos a exigir a los funcionarios del Estado que cumplan su obligación de investigar a fondo, e impartir justicia. La credibilidad se agota y su oportunidad de demostrar que son capaces de impartir justicia pronta vuelve a estar en entredicho.

La opinión pública está cada día más informada de la frecuente conducta ilícita de empresas mineras, lo mismo que de la complicidad de funcionarios gubernamentales con esas empresas, y cada día también crece la justa demanda de poner fin a esa conducta y a la impunidad que la propicia y prolonga.


¡Ni un crimen más de activistas sociales que luchan por justicia!
¡Pongamos un alto a la impunidad juntando nuestras voces!
¡Fuera Fortuna Silver Mines - Minera Cuzcatlan de San José del Progreso, Oaxaca!

Coordinadores Nacionales de la Red Mexicana de Afectados por la Minería

PRONUNCIAMIENTO DE ORGANIZACIONES CIVILES EN RELACIÓN AL ASESINATO DE BERNARDO VÁSQUEZ SÁNCHEZ, DIRIGENTE DE LA CPUVO



Oaxaca de Juárez, Oaxaca. 15 de Marzo de 2012



A los medios de comunicación
A la Opinión Pública
A las Autoridades Estatales y Municipales
A la Ciudadanía en General

El Colectivo Oaxaqueño en Defensa de los Territorios y las organizaciones que abajo suscribimos hemos  recibido información por parte de pobladores del municipio de San José del Progreso y la Coordinadora de Pueblos Unidos del Valle de Ocotlán (CPUVO), que el día de hoy, 15 de Marzo de 2012, fueron emboscados por grupos armados  los compañeros Bernardo Vásquez SánchezRosalinda Canseco y Andrés Vásquez Sánchez en el crucero de Santa Lucía, Ocotlán, Oaxaca  entre las 9 y 10 de la noche, cuando se trasladaban a bordo de un automóvil.
De acuerdo con la información recibida,  Bernardo Vásquez Sánchez, dirigente de la CPUVO falleció debido a las heridas provocadas por los impactos de bala.

Antecedentes:
Bernardo Vásquez Sánchez y la CPUVO habían alertado a las autoridades estatales y federales desde 2008 sobre posibles enfrentamientos en la comunidad de San José del Progreso, Oaxaca, debido a la entrada de la empresa minera Cuzcatlán S.A de C.V. filial de la canadiense Fortuna Silver Mines ya que inició sus operaciones sin el consentimiento de la comunidad.
En repetidas ocasiones los miembros de la CPUVO  denunciaron  que la empresa minera estaba financiando a grupos armados  en la comunidad con el aval  del presidente municipal de San José del Progreso (Alberto Mauro Sánchez).
Las autoridades estatales hicieron caso omiso a dichas denuncias, al grado de afirmar que el grupo inconforme solamente buscaba desestabilizar a la comunidad, cuando era todo lo contrario.
El 18 de Enero de 2012, fue asesinado el C. Bernardo Méndez Vásquez por orden del presidente municipal de San José del Progreso Alberto Mauro Sánchez, en esta emboscada resultó herida de gravedad  la C. Abigaíl Vásquez Sánchez. Las autoridades estatales nuevamente no se involucraron, por el contrario brindaron su apoyo a los presuntos homicidas criminalizando  nuevamente a los integrantes de la CPUVO.

Ante estos hechos denunciamos:

Repudiamos la actitud pasiva e indolente del gobierno estatal ante el conflicto social y político de San José del Progreso. Hasta el momento no hay castigo para los responsables de la muerte del compañero Bernardo Méndez Vásquez, asesinado el día 18 de enero de 2012.

Exigimos a las autoridades estatales y federales justicia y castigo para  los responsables de la muerte de Bernardo Vásquez Sánchez, Asesinado el día 15 de Marzo de 2012.

Denunciamos nuevamente que la empresa minera Cuzcatlán cuenta con grupos armados al interior de la comunidad  y tiene todo el respaldo de las autoridades municipales y  estatales.

Responsabilizamos al presidente municipal de San José del Progreso, Alberto Mauro Sánchez y a la empresa minera Cuzcatlán por los cobardes asesinatos  de Bernardo Méndez Vásquez y Bernardo Vásquez Sánchez.

Exigimos nuevamente se respete  la demanda principal  de la Coordinadora de Pueblos Unidos del Valle de Ocotlán (CPUVO), concerniente a la salida inmediata de la empresa minera, ya que es, a raíz de su entrada y por sus actos de corrupción que se han generado  diversos enfrentamientos en la comunidad, terminando lamentablemente con la vida de 2 defensores de derechos humanos.


Exigimos justicia:

Colectivo Oaxaqueño en Defensa de los Territorios
Servicios del Pueblo Mixe, Ser Mixe A.C.
Servicios para una Educación Alternativa EDUCA A.C.
Centro de Derechos Indígenas Flor y Canto A.C.
Centro de Derechos Humanos Bartolomé Carrasco Briseño, BARCA A.C.
Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín  Pro Juárez, Centro Prodh A.C.
Unión de Organizaciones de la Sierra Juárez de Oaxaca, UNOSJO S.C.

viernes, 2 de marzo de 2012

Mina mexicana no podria trabajar asi en Canada: REMA

A una minera mexicana así no la dejarían trabajar en Canadá: REMA

  • Mineras tóxicas destruyen ambiente y pauperizan riqueza mineral
  • Suelo fértil que se formó en miles de años lo destruyen en semanas
  • La ignorancia mata, la pobreza somete y esclaviza
  • Peligro por la formación de cianuro disociable
  • Suelo de basalto se fractura y los líquidos se filtran
  • Explosiones generan aerosoles y gases tóxicos
  • Deficiente información de geología estructural

“Estoy gratamente impresionado porque el pueblo de Veracruz tiene conciencia, identidad y está luchando por una causa justa. Están defendiendo su territorio, su salud. Mi agradecimiento y respeto al pueblo de Veracruz”, dijo, comentando la resistencia al proyecto minero canadiense Caballo Blanco en Alto Lucero y Actopan, José Luis Valdés, ingeniero en minas y plantas de beneficio, con tres diplomados en derecho ambiental, en edafología (estudio del suelo) y medio ambiente, y en geohidrología (estudio del agua en la tierra, las rocas, el suelo y subsuelo).

José Luis Valdés ha sido trabajador de minas en Guanajuato, y actualmente pertenece a la Red Mexicana de Afectados por la Minería (REMA, http://www.remamx.org/). Participó en la reunión informativa en el salón social del palacio municipal en Alto Lucero, el 22 de febrero. Ha dejado observaciones técnicas específicas la Manifestación de Impacto Ambiental (MIA) que presentó GoldGroup- Minera Cardel a la Secretaría del Medio Ambiente (Semarnat). Le preguntamos por aspectos técnicos y nos habló de riesgos que la empresa minimiza o no toma en cuenta.
La postura de José Luis Valdés es que la minería en sí no es mala, pero los métodos altamente tóxicos que están usando en años recientes son destructivos e incluso están desprestigiando a la minería. En entrevista posterior a la reunión informativa, comentó:
La REMA está formada por muchas organizaciones, dijo: “Los compañeros del Frente Amplio Opositor a la Minera San Xavier, en San Luis Potosí (http://faoantimsx.blogspot.com), también tenemos compañeros en Chiapas, Chihuahua, Guanajuato, Guadalajara, Jalisco, Sonora. Tenemos en la mayor parte de la república. Algunos de manera personal, pero la mayor parte estamos integrados a otras organizaciones. En mi caso, en Guanajuato, estamos por el rescate de la dignidad de la minería. Porque la minería por sí misma no es peligrosa, además es necesaria. Pero es muy diferente una empresa que está destruyendo todo nuestro medio ambiente, está pauperizando nuestra riqueza mineral, y observamos para que las minas se trabajen con seguridad y que sea en un desarrollo sustentable, la minería no tiene porque ser tóxica, no tiene porque ser con un impacto ambiental tan devastador como esta situación.”
Por eso se opone a la minería que usa métodos tóxicos: “En la minas de tajo abierto que están llevando a cabo, una profundidad de un suelo vegetal de 25 o 30 centímetros, la naturaleza, en óptimas condiciones tarda cinco mil años en formarla. En la actualidad vemos cómo la están destruyendo con toda la impunidad en semanas.”
El problema, sentenció, es “más serio de lo que nos imaginamos, pero no tenemos que descuidarnos. Nos quieren enemistar, nos quieren enfrentar, lo mismo que pasó cuando Hernán Cortés llegó, por aquí precisamente. Hemos seguido en esa tesitura. Si no entendemos nuestra historia y volvemos a repetir esa actitud, nunca vamos a salir adelante. En México tenemos ingenieros tan o más competentes y capaces que cualquier extranjero. Pero si no creemos en nosotros, si no estamos organizados, pagamos alto el precio.”
Recurrió a su experiencia académica: “Cuando era estudiante estuve en prácticas en Tucson, Arizona, ahí aprendí tres cosas: Son organizados, si nos gusta la pesca, tenemos organizaciones y conseguimos mejores precios en viajes, arreos y todo. Dos: Son tesoneros, cuando se proponen hacer algo de una manera y no le sale, lo hacen de otra hasta que les sale. Tres: Creen en su país, aman a su patria, con todo lo que podamos ver desde otro lado, ellos aman a su patria. Nosotros no nos damos muchas veces a la organización, queremos que las cosas salgan a la primera sin mayor esfuerzo, y, a veces, creemos que la patria es un partido político en el poder. La patria somos nosotros, nuestras familias, nuestras amistades, son nuestros recursos. En El arte de la guerra, Sun Tzu dice: Para ganar la guerra es imprescindible amar a la patria. Si no amamos a nuestro país, quién.”

Y la discusión sobre defectos técnicos de la MIA y sobre el proyecto minero canadiense fue como sigue:

– (Los defensores de Caballo Blanco) mencionan una contingencia en cuanto a un derrame de la solución de cianuro, que dentro del proceso hay una contingencia y hay un derrame. Ciertamente es peligroso por sí mismo, pero el mayor riesgo es el que no han señalado y que se les mostró claramente (en la reunión informativa): Hay un cianuro que se llama “CIANURO WAD”. Por sus siglas en inglés wad significa “weak acid dissociable” (disociable en un ácido débil), esto es que el cianuro se rompe, se ioniza. Entonces queda cianuro libre y es el más peligroso de todos.
Les comentaba: Ustedes mencionan que después de sacar todo el oro y todo lo demás del proceso de cianuración. Ese mineral lo separan ¿y el cianuro que está ahí? Respondieron: “Le ponemos agüita”, y cosas de ese tipo. Al agregarle agua, lo único que están logrando es que se produzca el ácido disociable y hay una contaminación terrible y un peligro de muerte.

– También discutieron sobre la impermeabilidad del basalto que ellos mencionan.

– Esa es otra situación. Donde están las pilas de cianuración, mencionan que están sobre una roca impermeable. Están hablando del basalto. Pero al mismo tiempo mencionan fracturas, entonces… no puede haber algo impermeable que esté roto. Si hay fracturas, no es impermeable entonces. El basalto es una roca ígnea extrusiva, significa que de la parte interna de la tierra salió (como lava ardiente) y enfrió en la superficie. La característica del tipo de roca extrusiva es que se rompe, porque hay un choque térmico y entonces se producen fracturamientos naturales que se llaman diaclasas. Un ejemplo de diaclasas que todos conocemos son los basaltos de San Miguel Regla. Esas formaciones son características de ese tipo de roca. Esa roca no es adecuada para tener un acuífero dentro, porque se le percolan las soluciones y salen por cualquier otro lado.

– Se criticó mucho que la empresa oculta los riesgos…

– Hay varias cuestiones en las que quieren distraer la atención y ocultar el riesgo. Terminaron por aceptar, efectivamente, que se da ya como algo irremediable, que van a pagar sembrando plantas o algo por el estilo en otra área, pero el riesgo está ahí. El riesgo es grande.

– Siempre dicen que tendrán recursos técnicos para cada caso…

– De que afecta, afecta; pero no es sólo el cianuro, sino que se generan aerosoles. Un aerosol son partículas suspendidas en un gas, es decir, toda la polvareda que sale en una detonación. De la operación para la extracción minera se genera una gran cantidad de polvos. Propiamente se llaman aerosoles. Llegan a la respiración y si contienen un nivel alto de sílice, por ejemplo, se produce una enfermedad que se llama silicosis. Ese polvo entra a los pulmones y no sale. Es una enfermedad muy recurrente, principalmente en minas subterráneas, porque hay normalmente una gran cantidad de polvo aunque para barrenar se usen procedimientos con agua. Es un problema muy severo, de una enfermedad inherente a la minería.
En la MIA no se menciona absolutamente nada. Desde luego que sí hay informaciones amplias al respecto. Pero me he fijado, porque yo también llegué a trabajar con extranjeros, y no les interesa la seguridad de nosotros. En alguna ocasión, en una mina subterránea en Guanajuato, les dije que había una parte con riesgo de que se derrumbara. Y el canadiense, que era mi jefe inmediato, me dijo: – A mí no me interesa la seguridad. A mí me interesa el cuele. El cuele es el avance, porque se paga por metro de avance. A partir de ahí dije: – Jamás vuelvo a trabajar para estos extranjeros para nada.
– En lugar de reconocer los riesgos los ocultan…

– (En la reunión informativa) mencionaba un ingeniero de aquí, que se me escapa su nombre, con toda veracidad: No ha ningún proceso industrial en el mundo que no conlleve un riesgo. El más seguro de todos lleva un riesgo, tal vez la posibilidad sea menor, pero el riesgo existe: Me gustaría saber, si en México formamos una empresa minera y nos desplazamos a Canadá, si nos permitirían trabajar a cuatro kilómetros de una planta nuclear por allá. O nos darían tantas facilidades como las están dando aquí.

Pero no solamente le preocupan cuestiones técnicas, sino la división de los pueblos y comunidades: “Otra cosa muy importante, el aspecto técnico es relevante, sin lugar a dudas, pero algo que manejan enormemente es la división: Van y se insertan entre la gente y les dan, como decíamos, las cuentas de vidrio y todo eso, para poderlos dividir. Es de suma importancia señalar (porque no tuve la oportunidad de hacerlo en la reunión informativa) que no somos los enemigos, nuestros enemigos son la desinformación y la pobreza. La ignorancia mata. La pobreza somete y esclaviza. Esos sí son nuestros enemigos. Es por ello que la sociedad civil estamos unidos, porque sabemos de la necesidad de proteger nuestro presente, porque de ahí depende nuestro futuro.”

Luego regresamos a aspectos técnicos que ha observado el ingeniero minero José Luis Valdés:

– Otra deficiencia de la MIA es que no hay suficiente información de geología estructural, es decir de en qué estado se encuentra el tipo de roca que se va a trabajar. Yo puedo tener una roca competente, significa que es una roca que aguanta que se le meta dinamita y no se va a colapsar. Pero ¿qué sucede si por ahí hay fallas, hay fracturas y todo lo demás? En un momento dado, si yo empiezo a trabajar por ahí, puedo provocar un deslizamiento, un derrumbe grande. Entonces, hay mucha información que falta al respecto. No digo que pueda, aunque seguramente van a haber fracturas y fallas, eso es inherente prácticamente a la roca, pero ¿cómo van a trabajar?

– ¿Y los explosivos?…

– Algo adicional, debemos tener la certeza, principalmente al iniciar el escapote, de qué tipo de explosivos se van a manejar. Porque es fácil que se metan explosivos no permitidos y digan, sí la radiación. Es que está ahí Laguna Verde. Es un riesgo muy serio…

– Mencionan el ANFO

– El Anfo significa “ammonium nitrate / fuel oil”, esto es, nitrato de amonio y aceite, que es el diesel. Si haces una mezcla de nitrato de amonio molido, vamos a decir a un milímetro, un poquito más grueso, y se le mezcla 2.4 o 2.5 de diesel, tienes un agente explosivo, es difícil que detone. Pero su potencia equivale a una dinamita de un 60% que es un explosivo fuerte, muy fuerte y es muy económico, se usa mucho como agente explosivo. Pero se necesita un detonador, un iniciador, que es con un alto explosivo, una emulsión, una gelatina, Tovex probablemente, y eso mismo necesita un detonador por sí mismo. El detonador inicia toda la reacción. La detonación es una reacción química instantánea, eso es lo que rompe instantáneamente la roca. Después viene la expansión de gases, que es lo que los desplaza. La detonación es lo que rompe.
El nitrato de amonio tiene otra particularidad: No tiene resistencia al agua. En lugares donde es húmedo baja considerablemente. Va a tener menor eficiencia en romper la roca, pero a la hora que detona se generan gases más tóxicos. Y lo pueden notar a distancia, porque se ven nubes amarillas. Si la nube está amarilla la detonación fue deficiente, pero la generación de gases tóxicos fue mayor, mucho mayor.

– Se menciona también el peligro al circular estas sustancia peligrosas por carreteras, ¿han habido accidente en México?

– Con los transportes, desconozco casos (en México), claro que en la carretera… 
Yo manejé mucho en carretera. En 15 años en la mina, a lo largo de ese tiempo tuve accidentes y cuasiaccidentes que dije: 

– Hasta aquí llegué. Unos cinco. Pero cuando viajé mucho en carretera a veces tenía cuatro accidentes en un mes. A lo que me refiero, el riesgo es mucho mayor en una carretera, por tanto existe probabilidad alta de que haya un accidente.
(Los técnicos de la mina, en respuesta a objeciones) mencionaban que querían que (el cianuro) lo trajeran prácticamente diluido, pero sería peor. Porque el cianuro se presenta en, como unas almohaditas chiquitas, brickets que le llaman, entonces sería menos riesgoso que fuera así. En esa cantidad, lo otro sería más riesgoso, sería un absurdo.

– ¿La Sedena (secretaría de la Defensa Nacional) debe autorizar los explosivos?

– La Sedena es la que rige, norma el manejo de los explosivos. Tiene que haber dos polvorines: Uno para manejar los altos explosivos, incluyendo en nitrato de amonio, el agente explosivo, mechas, cañuela, y otros materiales, que no son peligrosos por sí mismos en reacción. Pero en otro lado tienen que estar los iniciadores, los detonadores. Debe llenar todos los requisitos, el lugar debe estar bien ventilado, protegido para casos de impactos de balas, que no traspasen. Además, en caso de que hubiese una contingencia, que detonara el almacén, debe estar de tal manera que se disipe, o sea que se rompa, y no se generen proyectiles a otras partes. Pero entonces la Sedena, por ley tiene que pedir un balance mensual y hacer supervisiones constantes.
Hasta aquí las observaciones de un ingeniero. Todos estos aspectos técnicos tienen, cada uno su riesgo, independientemente del riesgo en conjunto de toda la operación. Las deficiencias en la MIA y en el proyecto Caballo Blanco han sido documentadas por expertos independientes que le han comunicado sus objeciones tanto a la Semarnat como al gobierno de Veracruz

Por razones técnicas (y jurídicas), como éstas, el Consejo Consultivo para el Desarrollo Sustentable, estatal, le ha recomendado a la Semarnat no autorizar la MIA a Caballo Blanco.