BOLETÍN URGENTE DEL FRENTE AMPLIO OPOSITOR (FAO) A NEW GOLD-MINERA SAN XAVIER EN CERRO DE SAN PEDRO
MINERA SAN XAVIER PIERDE SU ÚLTIMO RECURSO: UN TRIBUNAL FEDERAL DETERMINA EL INCUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA DEL 2005 QUE ESTABLECIÓ LA ANULACIÓN DEFINITIVA DEL PROYECTO MINERO EN CERRO DE SAN PEDRO
1) Como es del conocimiento de la opinión pública nacional e internacional, el 26 de febrero de 1999 el Instituto Nacional de Ecología de la entonces SEMARNAP autorizó, de manera condicionada a la Minera San Xavier , el cambio de uso de suelo así como la preparación, desarrollo, operación, mantenimiento, abandono y restitución en 374 hectáreas (290 de ellas pertenecientes al Núcleo Ejidal Cerro de San Pedro) del Municipio Cerro de San Pedro, para el desarrollo de un proyecto minero de explotación de oro y plata mediante un tajo a cielo abierto y beneficio de mineral por lixiviación a montones con cianuro;
2) Dicha autorización era violatoria de los derechos individuales consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, de la Norma Oficial Mexicana 059 y del decreto estatal de 1993 que declaró la zona, por 20 años, para la preservación, protección y restauración de la vida silvestre. A ello se agregaban los múltiples daños que sufriría el acuífero profundo de San Luis Potosí por contaminación con cianuro y sobre explotación por parte de la empresa minera, así como daños irreversibles al patrimonio ambiental e histórico de la nación;
3) Frente a estos agravios al pueblo de México, Pro San Luis Ecológico, A.C. y diversos organismos y ciudadanos ahora agrupados en el Frente Amplio Opositor a Minera San Xavier, interpusieron diversos recursos legales para anular dicho proyecto. En medio de la protección que tanto la SEMARNAP como el pleno del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa (TFJFA) otorgaron en diversas ocasiones a la Minera San Xavier al desatender los recursos de queja interpuestos por Pro San Luis, esta organización decidió buscar la protección de la justicia federal, obteniendo un amparo del Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en resolución del 23 de junio del 2004 (D.A. 65/2004-873);
4) En dicha sentencia de amparo, el Noveno Tribunal ordenó por ejecutoria al pleno del TFJFA dejar sin efectos la sentencia impugnada “y emitir otra en la que resolviendo conforme a derecho, ponga de manifiesto las ilegalidades que en esta ejecutoria se han evidenciado, en tanto que ni de forma condicionada debió otorgarse la autorización de cambio de uso de suelo materia de la resolución del juicio de anulación” (pag. 202). Esta sentencia anuló lisa y llanamente el proyecto minero desde aquel 2004;
5) En cumplimiento de este amparo y ejecutoria, al pleno del TFJFA no le quedó más remedio que dictar sentencia anulatoria del proyecto minero el 1 de septiembre del 2004, frente a lo cual la Minera San Xavier obtuvo un amparo del mismo Noveno Tribunal aduciendo que fue violado su derecho de audiencia. En cumplimiento de dicho amparo, el TFJFA emitió nueva sentencia el 5 de octubre del 2005 (exp. 170/00-05-02-9/634/01-PL-05-04), “para el efecto de que la autoridad emita una nueva resolución en la que resuelva la solicitud de autorización para el cambio de uso de suelo presentada por la empresa MINERA SAN XAVIER, S.A., de acuerdo a los lineamientos dados en este fallo” (pag. 107), es decir, “que ni de forma condicionada debió otorgarse la autorización de cambio de uso de suelo” a la Minera San Xavier ;
6) No obstante lo anterior la SEMARNAT, a través de Ricardo Juárez, entonces titular de la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental, emitió el 10 de abril del 2006 una nueva autorización condicionada de cambio de uso de suelo a Minera San Xavier (S.G.P.A./DGIRA DG 0567/06), reiterando un acto administrativo que ya había sido anulado por sentencia de un tribunal federal. Con dicho acto, la SEMARNAT y la Minera San Xavier decidieron transitar el camino de la ilegalidad para imponer su proyecto a los habitantes del Valle de San Luis Potosí;
7) Cabe destacar que entre la anulación del proyecto en 2004 y la nueva autorización de 2006 el director gerente de Minera San Xavier, Jorge Mendizábal Acebo, así como el abogado de esta empresa, Ángel Candia Pardo, operaron una red de corrupción y tráfico de influencias en los gobiernos federal y estatal, que involucró ilícitos cometidos por Vicente Fox, Marcelo de los Santos, José Luis Luege, Alberto Cárdenas, Héctor Mendizábal Pérez, Alejandro Zapata Perogordo, César Nava, Ángel Castillo Machuca y Jacobo Payán, entre otros destacados miembros del Partido Acción Nacional, todo con el objetivo de violar la ley, proteger a la empresa y permitir su ilegal operación. Tan sólo como muestra mencionaremos que la nueva e ilegal autorización del 10 de abril del 2006 fue diseñada y redactada en el despacho de Ángel Candia Pardo, abogado de la Minera San Xavier y del Partido Acción Nacional en el Estado de San Luis Potosí;
8) En respuesta al acto ilegal de SEMARNAT, Pro San Luis Ecológico interpuso ante el TFJFA un recurso de queja por incumplimiento de sentencia el 3 de julio del 2006. Un año después, el 4 de julio de 2007, el TFJFA rechazó sin ningún fundamento el recurso de queja, aduciendo que Pro San Luis Ecológico debía empezar un nuevo juicio en contra de la nueva autorización de SEMARNAT a la Minera San Xavier del 10 de abril del 2006. ¡Un recurso de queja que se resuelve en no más de 8 semanas, tardó un año en ser rechazado!, dejando en evidencia la colusión y tácticas dilatorias acordadas entre la empresa, SEMARNAT y el magistrado Alejandro Sánchez Hernández, quien incluso se encuentra demandado en Washington ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por otros casos de violación de los derechos humanos;
9) Mientras tanto, desde junio del 2006, en la absoluta impunidad, la Minera San Xavier inició su proyecto arrasando la Zapatilla para construir los patios de lixiviación, y desde enero del 2007 comenzó a destruir con explosivos el cerro del Barreno y el histórico Cerro de San Pedro, mismos que han desaparecido, al igual que cientos de hectáreas de la zona de preservación y restauración de la vida silvestre que han sido ya sepultadas irreversiblemente bajo cientos de miles de toneladas de roca o jales mineros que además dañarán con drenajes ácidos la zona;
10) Frente a la arbitrariedad del TFJFA, Pro San Luis Ecológico buscó la protección de la justicia federal, obteniendo el 30 de abril del 2008 un amparo en el Juzgado Undécimo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, el cual le ordenó por ejecutoria al pleno del TFJFA aceptar el recurso de queja y obligar a SEMARNAT a cumplir la sentencia del 2005, que estableció que ni de forma condicionada debió otorgarse la autorización de cambio de uso de suelo a Minera San Xavier;
11) Esta empresa, en su calidad de tercera perjudicada, inició un procedimiento jurídico de revisión de amparo, mismo que perdió en el Noveno Tribunal Colegiado de Primer Circuito del Distrito Federal, quien determinó mediante sentencia del 17 de abril del 2009 que el amparo otorgado a Pro San Luis Ecológico era correcto y constitucional, por lo que instruyó mediante ejecutoria al pleno del TFJFA aceptar el recurso de queja de Pro San Luis, anular el permiso ilegal que el 10 de abril del 2006 otorgó la SEMARNAT a Minera San Xavier y ceñirse a la nulidad del proyecto minero establecida en la sentencia de 5 de octubre del 2005;
12) El pasado 24 de septiembre y en cumplimiento de lo ordenado por el Noveno Tribunal Colegiado de Primer Circuito, el pleno del TFJFA emitió su sentencia (Cumplimiento de ejecutoria exp. 170/00-05-02-9/634/01-PL-10-04-QC-DA), misma que le fue notificada a Pro San Luis Ecológico el pasado 14 de octubre. En la misma se puede leer lo siguiente:
“…toda vez que es fundada la queja que se resuelve, con fundamento en el artículo 239-B, fracción IV, del Código Fiscal de la Federación, se deja sin efectos la resolución de autorización condicionada al proyecto minero, a favor de Minera San Xavier, S.A. de C.V., contenida en el oficio S.G.P.A./DGIRA.DG.0567/06 de fecha 10 de abril de 2006, emitida por el Director General de Impacto y Riesgo Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y se otorga a éste, quien incurrió en incumplimiento a la sentencia dictada por este Órgano Jurisdiccional el 5 de octubre de 2005, el término de VEINTE DÍAS para que emita y notifique a la parte actora la resolución a través de la cual dé el debido cumplimiento a la sentencia…” (pags. 239-240)
CONCLUSIONES:
a) SEMARNAT y Minera San Xavier violaron la ley al promover, en complicidad, la autorización del 10 de abril del 2006, misma que resultó violatoria de la sentencia del 5 de octubre del 2005, que estableció que ni de forma condicionada se le podía autorizar a la Minera San Xavier el cambio de uso de suelo para su proyecto;
b) En esta ilegalidad se encuentran involucradas diversas personas, principalmente funcionarios de la empresa, de los anteriores gobiernos estatal, federal y municipal, así como diversos integrantes del Partido Acción Nacional que deberán ser investigados, juzgados y castigados;
c) La Minera San Xavier , con esta sentencia, se ha quedado sin el principal permiso de operación, lo que no nos debe hacer olvidar que de tiempo atrás los miembros del Núcleo Ejidal Cerro de San Pedro ya habían ganado amparos en contra de esta empresa, amparos que han sido violados sistemáticamente;
d) La ilegal actividad de New Gold-Minera San Xavier ha generado consecuencias severas e irreversibles para el entorno ambiental del Valle de San Luis, así como la pérdida de patrimonio ambiental e histórico para la nación mexicana.
Por todo lo anterior, el Frente Amplio Opositor a la Minera San Xavier exige la inmediata intervención de las nuevas autoridades estatales para detener a esta empresa ecocida e iniciar una investigación que permita deslindar responsabilidades y llevar ante la justicia a los culpables de este delito en contra de la soberanía nacional.
FRENTE AMPLIO OPOSITOR A NEW GOLD-MINERA SAN XAVIER
EN CERRO DE SAN PEDRO
Octubre 28 del 2009
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BOLETÍN DE PRENSA.
POR TERCERA OCASIÓN, EL PLENO DE LA SALA SUPERIOR DEL H. TRIBUNAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA RESUELVE LA NULIDAD DEL PROYECTO DE MINERA SAN XAVIER (MSX)
Con fecha 1º de septiembre de 2004, el Pleno de la Sala Superior de H. Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, en cumplimiento de ejecutoria D.A..65/2004-873 dictada por el Noveno Tribunal Colegiado del Noveno Circuito, declaró lisa y llana (definitiva) la nulidad de la autorización que ilegalmente SEMARNAP había otorgado para la operación del proyecto de Minera San Xavier S.A. de C.V. en el histórico poblado de Cerro de San Pedro, en el estado de San Luis Potosí.
En una acción jurídicamente, muy cuestionada, el mismo Tribunal Colegiado haciendo una “excepción” otorga a SEMARNAT una suspensión del acto, para efectos de que dicha autoridad ambiental emisora de la ilegal autorización otorgada a Minera San Xavier el 26 de febrero de 1999, fuera la que diera respuesta definitiva a la solicitud, pero ratificando la existencia de todas las violaciones mencionadas
Por segunda ocasión, el 5 de octubre de 2005 en expediente No. 170/00-05-02-9/634/01-PL-05-04 el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, dicta sentencia definitiva dando cumplimiento a la sentencia, del Noveno Tribunal Colegiado, asentando con toda claridad, que la autorización presentada por MSX no debió ser otorgada ni siquiera de forma condicionada.
Desacatando esta resolución, el 10 de abril de 2006 SEMARNAT emite en forma ilegal y absurda una nueva autorización a favor de MSX contenida en el oficio S.G.P.A./DGIRA.DG.0567/06 sin haber obedecido lo ordenado por el Tribunal Federal.
El 3 de julio de 2006 Pro San Luis Ecológico A.C interpone un Recurso de Queja en contra de la nueva autorización otorgada por SEMARNAT. Y el 28 de noviembre del mismo año, interpuso un PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA en contra de los servidores públicos ANDRES CHACÓN HERNANDEZ Director de Área de SEMARNAT y del Biol. RICARDO JUAREZ PALACIOS Director General de Impacto y Riesgo Ambiental de SEMARNAT. Este último fue destituido del cargo.
El 5 de Julio de 2007, el Pleno del Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa emitió resolución al Recurso de Queja siendo esta una verdadera agresión al derecho mexicano y una evasión clara a las responsabilidades del Magistrado Alejandro Sánchez Hernández encargado del estudio y formulación del proyecto, y que influyó para que fuera aprobado por 6 de los 11 magistrados. Los restantes 5 votaron en contra por considerar que no estaba debidamente fundado y motivado.
El 29 de agosto de 2007, Pro San Luis Ecológico A.C. interpuso un PROCEDIMIENTO DE RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA en contra de este magistrado, y posteriormente otro en contra del Magistrado del mismo Tribunal FRANCISCO CUEVAS GODINEZ.
Es por lo anterior que los dos Magistrados indiciados, se tuvieron que excusar y no participar en la resolución que emitió el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa sobre el mismo caso en sesión del 21 de septiembre de 2009.
Por tercera ocasión El Pleno de la Sala emite sentencia en un caso ya considerado desde la primera ves, como cosa juzgada. Sin embargo la evidente ausencia del estado de derecho en nuestro país y las redes de corrupción tejidas por Minera San Xavier que implican a los tres poderes y los tres niveles de gobierno han impedido que se cumpla con lo sentenciado en forma definitiva por los pocos jueces y magistrados honestos que de varias formas han resuelto la nulidad del criminal proyecto de Minera San Xavier en Cerro de San Pedro.
En concreto, esta última resolución del Pleno de la Sala Superior de Justicia Fiscal y Administrativa, ordena a SEMARNAT que en un plazo de 20 días máximo, de cabal cumplimiento a la resolución del 5 de octubre de 2004, dado que incurrió en exceso, pues procedió a tratar de resarcir las ilegalidades que cometió en la autorización que otorgó a dicha empresa el día 26 de febrero de 1999, siendo que lo que se ordenó fue atender los lineamientos dados en el fallo, o sea, negar la autorización poniendo de manifiesto las violaciones a las disposiciones jurídicas federales y específicas que impedían el otorgamiento de dicha autorización y por consecuencia su anulación.
QUE SE ESPERA DE LA RESOLUCIÓN QUE EN UNOS POCOS DÍAS. DEBE EMITIR SEMARNAT.
Al respecto, podemos decir, que MSX ya está trabajando con su equipo de abogados en la ciudad de México, cabildeando con las diferentes autoridades, para lograr como la vez anterior, no ganar una resolución que ya es irreversible, lo que está buscando, es una forma de retrasar el fallo definitivo, tal como lo hizo con la sentencia anterior. MSX debería haber parado su proyecto de acuerdo con la resolución del 1º de septiembre de 2004. A base de argucias seudo legales y corrupción de funcionarios, logró retrasar la resolución por 5 años.
Si logra seguir corrompiendo funcionarios, va a lograr que se retrase lo suficiente para proseguir y terminar su proyecto. Es por eso, que para evitar esta situación, en esta resolución se deja claro lo que reza el artículo 239 del Código Fiscal, en los casos que la nulidad sea decretada por haberse acreditado los supuestos previstos en las Frac. II y III del artículo 238 del mismo ordenamiento para el efecto de que se emita una nueva resolución, y que tiene que ver con la preservación de la garantía jurídica que consagra el artículo 16 constitucional. Puesto que se está indicando a la autoridad obligada a dictar la resolución, de que manera lo haga respetando los derechos del gobernado, y así evitar una cadena, interminable de juicios de nulidad y que como el caso que nos ocupa causa perjuicios irremediables e irreversibles que afectan de igual manera a grandes núcleos de población.
Ahora, en el supuesto que SEMARNAT resuelva la anulación definitiva del proyecto, Cual será la reacción de MSX.
Todos sabemos como actúan estas empresas, “recurren a lo que sea”, como dijo el ex gobernador Silva Nieto con motivo del asesinato del presidente municipal Baltasar Loredo.
Entre otras cosas: Intimidar al gobierno, amenazando con una demanda de miles de millones de dólares con el argumento del capítulo 11 del TLC. (Esto ya lo hizo con el anterior gobierno)
Crear un conflicto como lo hizo cuando el también expresidente Oscar Loredo se negó a otorgarle a la empresa minera los ilegales permisos, y que para presionarlo, MSX trajo mercenarios de otros estados para amenazarlo, incluso hubo intento de tomar la presidencia y generar un enfrentamiento armado de sus paramilitares contra la gente del pueblo.
La liquidación física o de libertad de los que considera cabezas de la oposición, para acabar con la resistencia y triunfos jurídicos que estos le causan y los gastos súper millonarios en abogados y corrupción de funcionarios, y así, poder seguir trabajando en la ilegalidad como lo ha venido haciendo con la complicidad de las autoridades.
FAO octubre 28 de 2009
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